Resumen del Informe de José Flores
| Date | |
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| Estado | Transcrito |
| Folio | 321 - 323 |
| From (Remitente) | |
| Place | Madrid |
| To (Destinatario) |
[321]
El ministro que hace de Fiscal dice que Don Josef de Flores Médico de Cámara en su informe de 28 del próximo febrero, después de referir los estragos que hacen las viruelas en América, recomienda mucho la inoculación de la vacuna, que no se ha puesto ya en ejecución en Guatemala por no haberse encontrado viruelas en las vacas, y haber llegado sin virtud el pus vacuno conducido entre 2 cristales a La Habana y Veracruz, de donde se había solicitado con instancia.
Para propagar este descubrimiento propone, se despachen de Cádiz dos barcos ligeros que conduzcan algunas vacas con viruelas verdaderas, y algunos jóvenes inoculados sucesivamente en los brazos y además se lleve pus escogido entre dos cristales encerrados con extremo cuidado, dirigiéndose un barco a La Habana para distribuir allí el remedio a Puerto [321v] Rico, Trujillo, Yucatán y Veracruz, y el otro a Cartagena para surtir Santa Fe, la Guaira, Montevideo, Portobelo, Panamá y demás provincias meridionales.
Llegado el remedio a las capitales, propone se dividan estas en cuarteles a cargo de los individuos del Ayuntamiento, y vecinos principales, acompañados de facultativos: se prepare habitación, ropa y demás auxilios para los necesitados, se haga padrón general de los vacunandos, y ponga razón del resultado, lo mismo en las cabeceras, formándose instrucciones conforme a las de Europa, y en los pueblos y misiones, donde no haya facultativo español, o ladino, se encargue a los curas, y misioneros, que hagan la operación con iguales ceremonias a las que se usan en el sacramento del bautismo, sentando la partida en un libro que se llamará de vacunación.
Además quiere se impetre breve [322] que se santifique esta práctica, y conceda una solemne indulgencia; que los ordinarios le hagan publicar, exhorten al pueblo, y en sus visitas diocesanas se informen de su cumplimiento. Que los Virreyes, presidentes y gobernadores la auxilien, y persuadan con su ejemplo y las audiencias cuiden especialmente de su ejecución, y con lo que enseñase la experiencia en un quinquenio oyendo al Protomedicato, y a los fiscales provean lo conveniente a dar a la vacunación general mayor solidez, acierto y consistencia, pidiendo cada año a los párrocos una nota del libro indicado, con las que se formará un padrón al fin del quinquenio de todo el distrito, y podrán hacer al Consejo informes circunstanciados sobre todo lo que ocurra en este importante asunto, lográndose por estos medios un estado general de los habitantes de América para otros efectos.
Por ahora de lo que propone [322v] el doctor Flores a consecuencia del informe que el Consejo le ha pedido, parece adaptable que en uno de los buques correos de Su Majestad que se dirige a Veracruz, vaya un profesor inteligente convencido de la virtud de este preservativo poderoso, quien llevando consigo algunos muchachos de la Casa de los Desamparados los vacune sucesivamente y dejando en Canarias, Puerto Rico, y La Habana introducido este remedio, pase a Veracruz, y México con el mismo objeto, encargándose a los gobernadores y Virrey de Nueva España que desde allí propaguen por sus respectivos distritos la vacunación y en las provincias internas de la comandancia general; y a los arzobispos y obispos que auxilien por su parte esta saludable providencia por todos los medios que estimaren oportunos, publicando edictos en que se recomiendo vivamente.
El citado Flores pudiera [323] ser muy a propósito para verificar este ensayo, pasando también en el correo que toca en Cumaná, Caracas y Cartagena y desde allí introducirse por la provincia de Costa Rica, en la de León de Nicaragua y Guatemala con la comisión de comunicar la vacuna a las provincias del Perú.
El otro profesor pudiera ser Don Francisco Balmis, Físico de Cámara, que ha traducido últimamente el tratado más completo sobre la vacuna del doctor Moreau (de la Sarthe) por su actividad, por su genio, que ha hecho repetidos viajes a la Nueva España y por haber residido largo tiempo en México, conoce aquel país.
Cuando no se tuviese por conforme al nuevo reglamento de correos marítimos, y a su objeto, valerse de la proporción que ofrecen, sería de ninguna [323v] consideración el costo de habilitar dos pequeños buques con este solo fin, comparado con el bien que se debía esperar.
Si los 2 profesores referidos no se prestasen a este servicio voluntariamente, o no fuere de la aprobación de Su Majestad conferirles el encargo, le admitirían otros que Su Majestad nombrase, debiendo ser la primera calidad que no recibieren paga, ni obsequio por estas operaciones de ninguna clase de personas.
Los jóvenes que fueren pudieran quedar bajo la protección del gobierno, o regresarían según pareciese conveniente, y se habría de formar una instrucción de lo demás que se considerase conducente por un profesor que Su Majestad nombrase.
El Consejo podrá ponerlo así en la soberana consideración del Rey, o acordará según estime conveniente a su Real Servicio y bien de la humanidad.
Madrid 17 de marzo de 1803.
[rúbrica]